PROGRAMA DE APOYO INDUSTRIAL (IG408C)

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Plazo Abierto
Inicio: 21/04/2026
Fin: 21/06/2026

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

Objeto

Ayudas destinadas a apoyar proyectos de inversión para la creación de infraestructuras locales de uso compartido en Galicia, orientadas a mejorar el entorno de las empresas y de las personas consumidoras, así como a impulsar la modernización y el desarrollo de la base industrial, reforzando con ello la competitividad del tejido empresarial.

Plazo de presentación

Plazo abierto desde el 21/04/2026 hasta el 21/06/2026 en concurrencia competitiva (por puntuación).

Beneficiarios

  • Pequeñas y medianas empresas que:
    • Deberán llevar a cabo una inversión en una infraestructura subvencionable ubicada en Galicia.
    • Tendrán que aportar una contribución financiera mínima del 20 % de la inversión subvencionable, mediante recursos propios o financiación externa, sin apoyo público.
    • Será necesario disponer de domicilio social, fiscal o centro de trabajo en Galicia, pudiendo coincidir este último con la propia infraestructura objeto del proyecto.

Proyectos subvencionables

Proyectos de creación de infraestructuras en Galicia que contribuyan a mejorar el entorno empresarial y de las personas consumidoras, así como a modernizar y reforzar la base industrial. Deben cumplir los siguientes requisitos:

  • La infraestructura deberá estar abierta a distintas empresas o personas usuarias, en igualdad de condiciones.
  • El acceso y los servicios deberán ofrecerse de forma transparente y sin exclusividades.
  • El precio de uso deberá ajustarse a mercado.
  • No se admitirán proyectos pensados para el uso exclusivo o casi exclusivo de una sola empresa.
  • Si la infraestructura va a ser explotada por terceros, deberá hacerse también en condiciones abiertas y no discriminatorias.
  • Solo se apoyarán proyectos que ofrezcan servicios que no existan en la zona o que mejoren claramente la oferta disponible para las empresas.

Inversiones subvencionables

  • Obra civil vinculada al proyecto: acondicionamiento, urbanización, oficinas, laboratorios, zonas de producción, almacenes y otras actuaciones directamente relacionadas con la infraestructura.
  • Compra de terrenos, edificios o construcciones, con el límite máximo del 10 % de la inversión total subvencionable.
  • Bienes de equipo: maquinaria, instalaciones específicas, equipos de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección ambiental y otros equipamientos.
  • Otros activos fijos materiales, incluido el mobiliario.
  • Activos intangibles directamente relacionados con la actividad, siempre que sean amortizables, se adquieran a terceros no vinculados, se utilicen exclusivamente en el centro beneficiario y permanezcan en él al menos 3 años.
  • Reformas en inmuebles arrendados, siempre que el contrato de alquiler tenga una duración mínima de 5 años desde la puesta en marcha de la infraestructura.

Requisitos:

  • La inversión subvencionable deberá ser superior a 100.000 € e inferior a 5.000.000 €.
  • La suma de la obra civil, la compra de terrenos o inmuebles y las reformas en inmuebles arrendados no podrá superar el 70 % de la inversión total subvencionable.
  • La inversión no podrá haberse iniciado antes de presentar la solicitud.
  • Los bienes de equipo deberán ser nuevos.
  • La persona beneficiaria deberá adquirir en propiedad los bienes objeto de la inversión.
  • Será obligatorio solicitar al menos 3 ofertas de proveedores cuando el gasto alcance o supere 15.000 € en servicios o suministros o 40.000 € en obras, salvo que no exista suficiente oferta en el mercado.

Subvención

  • La ayuda podrá alcanzar hasta el 80 % de la inversión subvencionable.
  • El importe máximo de la subvención será de 4.000.000 € por proyecto.
  • La cuantía final se calculará teniendo en cuenta la diferencia entre la inversión realizada y el beneficio previsto de explotación del proyecto durante su vida útil. Para este cálculo, se considerarán los ingresos y costes de explotación previstos, aplicando una tasa de descuento del 4 %.
  • La ayuda se concederá en base a un plan de viabilidad económica, que deberá justificar la rentabilidad y sostenibilidad del proyecto a largo plazo.

Bases generales

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

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