Objeto
Plazo de presentación
- Serán subvencionables las actuaciones que se desarrollen en el marco de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP) de los GALP y que contribuyan a alguno de los siguientes objetivos:
- Incrementar el valor añadido, la creación de empleo y la innovación en las zonas pesqueras y acuícolas.
- Impulsar la economía azul, apoyando la diversificación económica dentro y fuera del sector pesquero.
- Fomentar el aprovechamiento y la protección del patrimonio ambiental, incluyendo actuaciones de adaptación y mitigación frente al cambio climático.
- Reforzar el bienestar social y la puesta en valor del patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo.
- Promover la participación activa de las comunidades pesqueras en el desarrollo local y en la gobernanza de los recursos y actividades marítimas.
- Requisitos de los proyectos:
- Deberán desarrollarse dentro del ámbito territorial de aplicación de cada GALP.
- No podrán estar iniciados en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
- Deberán cumplir la normativa sectorial.
- En proyectos de inversión económica, será obligatoria la creación de al menos un puesto de trabajo a tiempo completo.
- Los proyectos deberán contar con presupuesto subvencionable en 2026, al menos el 10 % del importe total elegible.
- Las actuaciones con impacto ambiental deberán disponer de las autorizaciones e informes ambientales necesarios.
- En proyectos con obra, se deberá garantizar la correcta gestión de residuos de construcción y demolición, conforme a la normativa vigente.
Subvención
- Ayuda de hasta el 50 % del gasto subvencionable del proyecto.
- En el caso de organizaciones de pescadores u otros beneficiarios colectivos del sector pesquero, la intensidad máxima podrá llegar al 60 %.
- La ayuda podrá alcanzar hasta el 100 % del gasto subvencionable cuando el proyecto tenga interés colectivo o beneficie al conjunto del sector y en operaciones vinculadas a la pesca costera artesanal.
- Para proyectos no promovidos por el sector pesquero, el importe máximo de ayuda será de 200.000 € por beneficiario.
Gastos subvencionables
- Gastos realizados durante el período de ejecución del proyecto y recogidos en su presupuesto.
- Gastos necesarios para el desarrollo de las actuaciones, identificables, verificables y correctamente contabilizados.
- Gastos que cumplan la legislación fiscal, social y ambiental y los principios de buena gestión financiera.
- Costes de personal directamente vinculados al proyecto, siempre que exista una relación laboral expresa.
- Gastos de viajes y manutención del personal implicado, dentro de los límites establecidos por la normativa autonómica.
- Inversiones materiales e inmateriales, siempre que no se inicien antes de la solicitud de ayuda y sean propiedad de la persona beneficiaria.
- En el caso de transporte terrestre, solo serán subvencionables vehículos con distintivo ambiental.
- Gastos derivados de arrendamiento financiero con opción de compra, cuando la propiedad se adquiera dentro del período de justificación.
- En proyectos con obra, el gasto subvencionable se calculará sobre el presupuesto total del proyecto, no por partidas aisladas.
Bases generales
Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.



