PROYECTOS GALP 2026 (PE155A) - GRUPO XOC

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Plazo Abierto
Inicio: 17/01/2026
Fin: 16/02/2026

Objeto

Ayuda destinada a apoyar proyectos enmarcados en las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP) aprobadas para los Grupos de Acción Local del sector pesquero (GALP), con el objetivo de impulsar el desarrollo local en las zonas costeras y pesqueras, en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).

Plazo de presentación

Plazo abierto hasta el 16/02/2026 en concurrencia competitiva (por puntuación).

Ayuda sujeta a Mínimis.

Beneficiarios

  • Pequeñas y medianas empresas y personas físicas.
  • Personas jurídicas sin ánimo de lucro, entre las que se incluyen:
    • Cofradías de pescadores y sus federaciones.
    • Asociaciones profesionales del sector pesquero y sus federaciones.
    • Entidades sin ánimo de lucro vinculadas al sector pesquero.
    • Asociaciones declaradas de utilidad pública.
  • Entidades públicas locales.
  • Entidades sin ánimo de lucro cuyos fines estatutarios estén relacionados con:
    • La promoción de actividades náuticas.
    • La puesta en valor de los productos pesqueros del territorio.
    • La protección del medio ambiente marino y costero.
    • La conservación del patrimonio cultural marítimo-pesquero.
  • Las personas beneficiarias podrán presentarse de forma individual o conjunta, como agrupación de entidades, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Proyectos subvencionables

  1. Serán subvencionables las actuaciones que se desarrollen en el marco de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP) de los GALP y que contribuyan a alguno de los siguientes objetivos:
    • Incrementar el valor añadido, la creación de empleo y la innovación en las zonas pesqueras y acuícolas.
    • Impulsar la economía azul, apoyando la diversificación económica dentro y fuera del sector pesquero.
    • Fomentar el aprovechamiento y la protección del patrimonio ambiental, incluyendo actuaciones de adaptación y mitigación frente al cambio climático.
    • Reforzar el bienestar social y la puesta en valor del patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo.
    • Promover la participación activa de las comunidades pesqueras en el desarrollo local y en la gobernanza de los recursos y actividades marítimas.
  2. Requisitos de los proyectos:
    • Deberán desarrollarse dentro del ámbito territorial de aplicación de cada GALP.
    • No podrán estar iniciados en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
    • Deberán cumplir la normativa sectorial.
    • En proyectos de inversión económica, será obligatoria la creación de al menos un puesto de trabajo a tiempo completo.
    • Los proyectos deberán contar con presupuesto subvencionable en 2026, al menos el 10 % del importe total elegible.
    • Las actuaciones con impacto ambiental deberán disponer de las autorizaciones e informes ambientales necesarios.
    • En proyectos con obra, se deberá garantizar la correcta gestión de residuos de construcción y demolición, conforme a la normativa vigente.

Subvención

  • Ayuda de hasta el 50 % del gasto subvencionable del proyecto.
  • En el caso de organizaciones de pescadores u otros beneficiarios colectivos del sector pesquero, la intensidad máxima podrá llegar al 60 %.
  • La ayuda podrá alcanzar hasta el 100 % del gasto subvencionable cuando el proyecto tenga interés colectivo o beneficie al conjunto del sector y en operaciones vinculadas a la pesca costera artesanal.
  • Para proyectos no promovidos por el sector pesquero, el importe máximo de ayuda será de 200.000 € por beneficiario.

Gastos subvencionables

  • Gastos realizados durante el período de ejecución del proyecto y recogidos en su presupuesto.
  • Gastos necesarios para el desarrollo de las actuaciones, identificables, verificables y correctamente contabilizados.
  • Gastos que cumplan la legislación fiscal, social y ambiental y los principios de buena gestión financiera.
  • Costes de personal directamente vinculados al proyecto, siempre que exista una relación laboral expresa.
  • Gastos de viajes y manutención del personal implicado, dentro de los límites establecidos por la normativa autonómica.
  • Inversiones materiales e inmateriales, siempre que no se inicien antes de la solicitud de ayuda y sean propiedad de la persona beneficiaria.
  • En el caso de transporte terrestre, solo serán subvencionables vehículos con distintivo ambiental.
  • Gastos derivados de arrendamiento financiero con opción de compra, cuando la propiedad se adquiera dentro del período de justificación.
  • En proyectos con obra, el gasto subvencionable se calculará sobre el presupuesto total del proyecto, no por partidas aisladas.

Bases generales

Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.

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