PROMOCIÓN DE EMPLEO AUTÓNOMO (TR341D) - GRUPO XOC

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Plazo Abierto
Inicio: 24/01/2025
Fin: 30/09/2025

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

Objeto

El objetivo principal de este programa es ofrecer dos tipos de ayudas económicas destinadas a personas desempleadas que deseen iniciar o desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como autónomos o trabajadores por cuenta propia.  

  • Línea 1: Apoyo económico destinado a facilitar el inicio de la actividad profesional y fomentar el empleo como trabajador o trabajadora autónoma.
  • Línea 2: Ayuda diseñada para cubrir los gastos relacionados con el mantenimiento de la actividad por cuenta propia durante un periodo determinado.

Plazo de presentación

Desde el 24/01/2025 hasta el 30/09/2025 en concurrencia no competitiva (por orden de presentación). 

Ayuda sujeta a Mínimis.

Subvención

  1. Línea 1: La ayuda será de:
    • 2.000€ para personas desempleadas en general.
    • 4.000€ para personas desempleadas: menores de 30 años; desempleadas de larga duración; con discapacidad o en situación de dependencia; en riesgo de exclusión social; con la condición de emigrante retornada; con la condición de extranjera; mayores de 52 años (no acumulables entre sí).
    • La cuantía base correspondiente se incrementará en un 15% si la persona incorporada es mujer; si el centro de trabajo está situado en un ayuntamiento rural; si es mayor de 45 años; si es trans; si en la profesión y oficio de alta la mujer está subrepresentada según informe del Instituto Gallego de Cualificaciones (acumulables).
    • Cuantía máxima: 7.000€
  1. Línea 2: La ayuda será equivalente a la cuantía de la cuota reducida multiplicada por 12 (80€ x 12), siempre que la persona autónoma se acoja a esta reducción.

Beneficiarios

Las personas dadas de alta en el régimen especial de autónomos o equivalente de la Seguridad Social o en la mutualidad de colegio profesional, entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, y que, además:

  • Línea 1: Esté inscrita como demandante de empleo en el momento del alta como persona autónoma o carezca de ocupación efectiva en la fecha de inicio como mutualista. Tenga iniciada la actividad con anterioridad a la presentación de la solicitud de la subvención y no tenga ninguna alta anterior como persona autónoma en los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la ayuda. Se encuentre de alta en el impuesto de actividades económicas. Desarrolle su actividad en Galicia y tenga el domicilio fiscal en la misma comunidad con anterioridad a la solicitud de la ayuda.
  • Línea 2: Sea persona autónoma beneficiaria de la cuota reducida. Esté inscrita como demandante de empleo en el momento del alta como persona autónoma o carezca de ocupación efectiva en la fecha de inicio como mutualista. Tenga iniciada la actividad con anterioridad a la presentación de la solicitud de la subvención. Se encuentre de alta en el impuesto de actividades económicas. Desarrolle su actividad en Galicia y tenga el domicilio fiscal en la misma comunidad con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

Condiciones de las personas beneficiarias:

Las personas beneficiarias deberán permanecer dadas de alta de manera ininterrumpida durante un período mínimo en el régimen correspondiente:

  • Línea 1: al menos 24 meses en el RETA, en otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social, o en una mutualidad.
  • Línea 2: al menos 12 meses en las mismas condiciones.

Bases generales

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

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