Objeto
Plazo de presentación
Subvención
- Línea 1: La ayuda será de:
- 2.000€ para personas desempleadas en general.
- 4.000€ para personas desempleadas: menores de 30 años; desempleadas de larga duración; con discapacidad o en situación de dependencia; en riesgo de exclusión social; con la condición de emigrante retornada; con la condición de extranjera; mayores de 52 años (no acumulables entre sí).
- La cuantía base correspondiente se incrementará en un 15% si la persona incorporada es mujer; si el centro de trabajo está situado en un ayuntamiento rural; si es mayor de 45 años; si es trans; si en la profesión y oficio de alta la mujer está subrepresentada según informe del Instituto Gallego de Cualificaciones (acumulables).
- Cuantía máxima con incrementos: 7.000€
- Línea 2:
- La ayuda será equivalente a la cuantía de la cuota reducida multiplicada por 12 (80€ x 12), siempre que la persona autónoma se acoja a esta reducción.
- (80€ x 24), en el caso de altas en los CNAE de los sectores:
- Agricultura (01)
- Ganadería (01)
- Silvicultura (02)
- Las personas trabajadoras autónomas de estos sectores que ejerzan la actividad en régimen de pluriactividad podrán acogerse a la ayuda de 12 meses.
Bases generales
Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.



