Objeto
Ayudas destinadas a apoyar inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de elaboración, transformación y comercialización de productos vitivinícolas, con el objetivo de mejorar el rendimiento global de las empresas del sector, su competitividad y su adaptación a las exigencias del mercado.
Plazo de presentación
Plazo abierto desde el 16/12/2025 hasta el 30/01/2026 en régimen de concurrencia competitiva (por puntuación).
Beneficiarios
- Empresas vitivinícolas que desarrollen actividades de elaboración y/o comercialización de productos vitivinícolas.
- Asociaciones de dos o más productores con personalidad jurídica.
- Organizaciones de productores vitivinícolas reconocidas oficialmente.
- Organizaciones interprofesionales y profesionales del sector vitivinícola.
(Los dos primeros deben estar constituidos antes de la solicitud de la ayuda).
Actuaciones subvencionables
La ayuda financia inversiones materiales e inmateriales destinadas a mejorar la competitividad del sector vitivinícola, siempre que contribuyan, al menos, a uno de los siguientes objetivos:
- Fomentar la agrupación y cooperación en los primeros eslabones de la cadena vitivinícola.
- Impulsar la sostenibilidad social.
- Promover procesos sostenibles mediante el ahorro energético, la eficiencia energética, el uso de energías renovables y la gestión de residuos.
- Favorecer la certificación medioambiental de las instalaciones vitivinícolas.
- Impulsar la producción ecológica.
- Potenciar los productos acogidos a regímenes de calidad y el pago de uva por calidad.
- Favorecer el crecimiento y la dimensión empresarial.
- Impulsar la participación de viticultores y elaboradores en la cadena de valor.
- Fomentar las inversiones destinadas a la comercialización.
- Promover la innovación y el desarrollo de nuevos productos y presentaciones.
- Impulsar la digitalización y la adopción de tecnologías digitales en las agroindustrias.
Condiciones de las inversiones:
- Las inversiones deben realizarse en un único ejercicio, sin repartir el gasto en varios años.
- Los proyectos deberán ejecutarse, pagarse y justificarse completamente antes del 1 de mayo de 2027.
- No se admiten proyectos que impliquen gastos en dos ejercicios distintos.
- Importe mínimo del proyecto: 100.000 €.
Subvención
- Pymes (micro, pequeñas y medianas empresas): hasta el 40 % de la inversión.
- Empresas no pymes (< 750 empleados o < 200 M€ de facturación): hasta el 20 % de la inversión.
- Grandes empresas (≥ 750 empleados y ≥ 200 M€): hasta el 10 % de la inversión.
Gastos subvencionables
- Construcción, adquisición o mejora de instalaciones e inmuebles vinculados a la actividad vitivinícola.
- Compra de maquinaria y equipamiento nuevo, incluido equipamiento destinado a la generación de energía para autoconsumo.
- Gastos administrativos vinculados al proyecto (honorarios técnicos, ingeniería, asesoría, estudios de viabilidad), con un límite máximo del 4 % del total subvencionable.
- Costes de auditorías externas y certificaciones exigidas por la normativa.
- Adquisición o desarrollo de software, equipos informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y registro de marcas colectivas.
Bases generales
Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.