NOVACIONES DE DEUDAS (IG534D) - GRUPO XOC

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Plazo no iniciado
Inicio: 21/01/2025
Fin: 30/12/2025

Objeto

Ayuda para facilitar el pago de préstamos a empresas con dificultades para cumplir con los plazos establecidos. Permite ajustar las condiciones de la deuda, incluyendo la posibilidad de cambiar el tipo de interés de fijo a variable. La finalidad es asegurar la viabilidad de las empresas y facilitar la recuperación de los importes adeudados al Igape.

Según la situación de la deuda que se va a novar, las operaciones adoptarán las siguientes modalidades:

  • Novación modificativa de préstamos vigentes, ajustando el calendario de pagos y/o cambiando el tipo de interés de fijo a variable. Lo no modificado se mantiene según el contrato original.
  • Novación extintiva de préstamos vencidos, que podrá realizarse con los titulares, garantes o personas con bienes que respalden la deuda, formalizando una nueva operación.

Plazo de presentación

Desde las 09:00h del 21/01/2025 hasta las 14:00h del 30/12/2025 en concurrencia no competitiva (por orden de presentación).

 

Beneficiarios

Personas físicas o jurídicas que cumplan algunos de los siguientes requisitos:

  • Titulares de deudas vivas con el Igape por préstamos vigentes, que enfrenten dificultades de liquidez para cumplir con el calendario de pago, o que deseen modificar el tipo de interés fijo a variable.
  • Titulares de deudas con Igape por impago de préstamos vencidos.
  • Avalistas de préstamos del Igape con deudas vencidas.
  • Titulares de bienes que garantizan deudas vencidas con el Igape por impago de préstamos, y deseen hacer frente al reembolso para evitar la pérdida del bien.

Condiciones generales de las operaciones

Plazo y Amortización

  • En novaciones modificativas de préstamos en vigor, el plazo podrá ampliarse hasta un máximo de 25 años, ajustando la periodicidad de pagos y permitiendo períodos de carencia.
  • En novaciones extintivas, se ajustarán los plazos de acuerdo con la capacidad financiera del solicitante, facilitando el reintegro de la deuda.
  • El solicitante podrá realizar pagos anticipados con un aviso previo de 15 días hábiles.
  • Las novaciones pueden incluir cláusulas de amortización anticipada obligatoria en función de mejoras de liquidez, como un EBITDA superior a ciertos límites o el cobro de ayudas públicas, y restricciones en el reparto de dividendos o devolución de préstamos a socios.

Importe financiable:

  • El importe total de la deuda puede ser novado, incluyendo los intereses y otros conceptos devengados hasta la fecha de formalización. En ese momento, se fijará el importe final de la operación y su correspondiente plan de amortización.

Garantías:

  • Las novaciones aprobadas estarán sujetas a la presentación de garantías adecuadas según las características de la operación. 

Intereses:
El tipo de interés se determinará de la siguiente forma:

  1. Intereses ordinarios. El tipo será la suma de un tipo base y un margen:
    • Tipo base: Media del Euribor a 1 año (septiembre, octubre y noviembre del año anterior). Se actualizará si la variación es superior al 10% en tres meses.
    • Margen: Determinado según el riesgo de la operación y garantías, con un mínimo de 4 puntos porcentuales para empresas sin historial crediticio o nuevas.
  2. Intereses de mora:
    En caso de impago, se aplicará el tipo de interés ordinario más 4 puntos porcentuales, con liquidación trimestral. Los intereses se calcularán sobre una base de 360 días.

Bases generales

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