Objeto
Ayuda para facilitar el pago de préstamos a empresas con dificultades para cumplir con los plazos establecidos. Permite ajustar las condiciones de la deuda, incluyendo la posibilidad de cambiar el tipo de interés de fijo a variable. La finalidad es asegurar la viabilidad de las empresas y facilitar la recuperación de los importes adeudados al Igape.
Según la situación de la deuda que se va a novar, las operaciones adoptarán las siguientes modalidades:
- Novación modificativa de préstamos vigentes, ajustando el calendario de pagos y/o cambiando el tipo de interés de fijo a variable. Lo no modificado se mantiene según el contrato original.
- Novación extintiva de préstamos vencidos, que podrá realizarse con los titulares, garantes o personas con bienes que respalden la deuda, formalizando una nueva operación.
Personas físicas o jurídicas que cumplan algunos de los siguientes requisitos:
- Titulares de deudas vivas con el Igape por préstamos vigentes, que enfrenten dificultades de liquidez para cumplir con el calendario de pago, o que deseen modificar el tipo de interés fijo a variable.
- Titulares de deudas con Igape por impago de préstamos vencidos.
- Avalistas de préstamos del Igape con deudas vencidas.
- Titulares de bienes que garantizan deudas vencidas con el Igape por impago de préstamos, y deseen hacer frente al reembolso para evitar la pérdida del bien.
Condiciones generales de las operaciones
Plazo y Amortización
- En novaciones modificativas de préstamos en vigor, el plazo podrá ampliarse hasta un máximo de 25 años, ajustando la periodicidad de pagos y permitiendo períodos de carencia.
- En novaciones extintivas, se ajustarán los plazos de acuerdo con la capacidad financiera del solicitante, facilitando el reintegro de la deuda.
- El solicitante podrá realizar pagos anticipados con un aviso previo de 15 días hábiles.
- Las novaciones pueden incluir cláusulas de amortización anticipada obligatoria en función de mejoras de liquidez, como un EBITDA superior a ciertos límites o el cobro de ayudas públicas, y restricciones en el reparto de dividendos o devolución de préstamos a socios.
Importe financiable:
- El importe total de la deuda puede ser novado, incluyendo los intereses y otros conceptos devengados hasta la fecha de formalización. En ese momento, se fijará el importe final de la operación y su correspondiente plan de amortización.
Garantías:
- Las novaciones aprobadas estarán sujetas a la presentación de garantías adecuadas según las características de la operación.
Intereses:
El tipo de interés se determinará de la siguiente forma:
- Intereses ordinarios. El tipo será la suma de un tipo base y un margen:
- Tipo base: Media del Euribor a 1 año (septiembre, octubre y noviembre del año anterior). Se actualizará si la variación es superior al 10% en tres meses.
- Margen: Determinado según el riesgo de la operación y garantías, con un mínimo de 4 puntos porcentuales para empresas sin historial crediticio o nuevas.
- Intereses de mora:
En caso de impago, se aplicará el tipo de interés ordinario más 4 puntos porcentuales, con liquidación trimestral. Los intereses se calcularán sobre una base de 360 días.
Bases generales