Objeto
Plazo de presentación
A) Inversiones orientadas a sostenibilidad y eficiencia energética:
- Mejora de la eficiencia energética con fines ambientales.
- Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).
- Valorización de residuos y subproductos agrarios y ganaderos para aumentar la autosuficiencia energética.
- Incorporación de energías renovables en la industria agroalimentaria.
- Mejora de la gestión de los recursos hídricos en la industria.
B) Inversiones en transformación y comercialización de productos agroalimentarios
- Mejora del rendimiento y desarrollo económico de la empresa.
- Fomento de productos de calidad y mejora de la seguridad alimentaria.
- Creación y fortalecimiento de cadenas cortas de comercialización.
- Impulso de la innovación y la transformación digital.
- Desarrollo de nuevos productos, acceso a nuevos mercados y valorización de subproductos agrarios.
Inversiones subvencionables
1. Tipos de inversiones subvencionables
- Construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles, incluyendo la compra de terrenos hasta un máximo del 10 % del gasto subvencionable total.
- Adquisición de maquinaria y equipamientos nuevos, hasta su valor de mercado.
- Inversiones inmateriales, tales como:
- Programas informáticos.
- Patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas vinculadas a los procesos productivos.
- Costes generales asociados a las inversiones anteriores, como:
- Honorarios de proyecto y dirección de obra.
- Estudios de viabilidad.
- Estos costes no podrán superar el 12 % del importe total de la inversión subvencionable.
2. Condiciones generales
- Las inversiones deberán estar vinculadas a productos agrarios incluidos en el anexo I del TFUE.
- Se admitirán inversiones en procesos que incluyan componentes no agrarios, siempre que estos no superen el 25 % del peso o valor económico del producto final.
- Los productos resultantes deberán cumplir la normativa aplicable en materia de ayudas de Estado.
3. Inversiones no subvencionables
- Proyectos cuyo importe total de inversión subvencionable sea inferior a 60.000 €.
- Determinados proyectos del sector vitivinícola financiables a través de programas específicos.
- Inversiones excluidas expresamente por la normativa europea aplicable.
Subvención
- Ayuda de hasta el 50 % del gasto subvencionable.
- El porcentaje de ayuda podrá incrementarse en un 5 % adicional cuando el solicitante sea:
- Una cooperativa agraria gallega, o
- Una sociedad participada mayoritariamente (más del 50 %) por cooperativas agrarias gallegas o asociaciones u organizaciones de productores de Galicia.
Bases generales
Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.



