INCORPORACIÓN SOCIOS COOPERATIVAS Y S.L.L (TR802J) - GRUPO XOC

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Plazo no iniciado
Inicio: 02/03/2026
Fin: 16/09/2026

Objeto

Subvención destinada a fomentar el acceso a la condición de socia trabajadora en cooperativas y sociedades laborales, cubriendo las aportaciones económicas al capital social necesarias para su incorporación.

Plazo de presentación

Plazo abierto desde las 09:00 a.m. del 02/03/2026 hasta las 20:00 p.m. del 16/09/2026 en concurrencia no competitiva (por orden de presentación).

Ayuda sujeta a Mínimis. 

Beneficiarios

  • Personas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo con carácter indefinido en cooperativas o sociedades laborales con actividad en Galicia. En el momento de su incorporación deben cumplir alguna de las siguientes condiciones:
    • Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
    • Ser socias a prueba o personas asalariadas que pasen a adquirir la condición de socias.
    • Ser trabajadoras de una empresa que se transforme en cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tenga la condición de socias de la empresa transformada.
    • Ser personas desempleadas que inicien una actividad por cuenta propia y se incorporen como socias con carácter indefinido en una cooperativa o sociedad laboral con domicilio social y fiscal en Galicia.

Aspectos clave

  • La incorporación puede ser a jornada completa o parcial (mínimo 50 % de la jornada ordinaria).
  • No podrán beneficiarse quienes ya hubieran sido socias en la misma entidad en los 2 años anteriores ni quienes hayan recibido ayudas para aportaciones al capital social en los últimos 5 años.
  • Será necesario acreditar la viabilidad del proyecto empresarial mediante memoria técnica y económica o plan de empresa.

Subvención

Subvención

  • Hasta 6.000 € para las personas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo con carácter indefinido (casos generales).
  • Hasta 3.000 € en el caso de personas socias trabajadoras a tiempo parcial que pasen a jornada completa.

Incrementos acumulables (25 % cada uno):

  • Si la persona beneficiaria es mujer.
  • Si tiene discapacidad o se encuentra en situación o riesgo de exclusión social.
  • Si tiene discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral.
  • Si es mayor de 45 años.
  • Si tiene la condición de persona emigrante retornada.
  • Si tiene la condición de persona trans.
  • Si el centro de trabajo está situado en un municipio rural.
  • Si se trata de una cooperativa juvenil.
  • Si es una entidad de nueva creación constituida inicialmente con cuatro o más personas socias trabajadoras.
  • Los incrementos se aplicarán si las circunstancias están acreditadas en el momento de la resolución.

Reducciones

  • En caso de jornada a tiempo parcial o contrato fijo discontinuo, la cuantía máxima se reducirá al 50 %.

Límites

  • La subvención no podrá superar el importe efectivamente desembolsado por la persona socia en concepto de aportación obligatoria al capital social o cuota de ingreso.

Bases generales

Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.

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