Objeto
Concesión de ayudas para la transformación en cooperativas o sociedades laborales de los negocios sin relevo generacional, o de sociedades y autónomos que ya estén ejerciendo una actividad económica.
Plazo de presentación
Hasta el 16 de septiembre de 2024, en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de presentación).
Beneficiarios
Las sociedades laborales o cooperativas, debidamente inscritas en el registro correspondiente, que se encuentren al corriente en sus obligaciones con Hacienda y Seguridad Social, y que surjan por:
- Constitución por ausencia de relevo generacional: integradas total o parcialmente por las personas trabajadoras cuyos contratos resultan extinguidos por causa de crisis o jubilación de su persona empleadora.
- Constitución por personas autónomas: integradas en su totalidad por personas autónomas que ya estuvieran realizando una actividad laboral.
- Constitución por transformación: Transformación de todo tipo de sociedades en cooperativas o sociedades laborales y procesos de adquisición de la totalidad del capital integrante de una sociedad mediante compraventa de sus participaciones o acciones por parte, fundamentalmente, de sus personas trabajadoras.
Conceptos
1. Asesoramiento legal para la constitución de la cooperativa o de la sociedad laboral, así como para su transformación en una de estas entidades. Gastos de registro, notaría e informes.
2. Creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad.
3. Obtención de certificaciones de calidad.
4. Marketing, comunicación o relanzamiento comercial.
5. Plan de protección de datos.
6. Equipamiento informático.
7. Adquisición y desarrollo de software y páginas web.
8. Mejora en la eficiencia energética.
9. Adquisición de equipamiento.
10. Reforma del local de negocio.
11. Mobiliario.
12. Elementos de transporte
Subvención
Subvención del 80 %, con un límite máximo de 4.000 € para los gastos del concepto de asesoramiento legal, y de 5.000 € para cada uno de los gastos de los conceptos de imagen corporativa, de certificaciones de calidad, marketing y protección de datos.
La ayuda podrá incrementarse en 3.000 € en caso de que la sede social esté situada en un ayuntamiento rural, que las entidades beneficiarias estén formadas mayoritariamente por mujeres, por menores de 30 años, por emigrantes retornados, por mayores de 45 años, por personas con discapacidad y/o por personas trans, y en caso de que las mujeres contratadas en los grupos ocupacionales se encuentren subrepresentadas (condiciones acumulables entre sí, con un máximo de 24.000 €).
Cuantía máxima ayuda: 74.000 €.
Bases generales
Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.