EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EMPRESAS AGRÍCOLAS (IN421L) - GRUPO XOC

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Plazo no iniciado
Inicio: 29/01/2026
Fin: 02/03/2026

Objeto

Ayuda destinada a apoyar la instalación de equipos de aprovechamiento de energías renovables eléctricas y actuaciones de ahorro y eficiencia energética en empresas de producción agrícola primaria, con el fin de reducir el consumo energético y mejorar la sostenibilidad de sus procesos productivos.

Plazo de presentación

Plazo abierto desde el 29/01/2026 hasta el 02/03/2026 en concurrencia competitiva (por puntuación).

Beneficiarios

  • Empresas legalmente constituidas y personas autónomas con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, que desarrollen su actividad en el sector de producción agrícola primaria.

  • Empresas de servicios energéticos (ESE) que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía ubicadas en Galicia, cuando su actuación tenga como objetivo la obtención de ahorros energéticos.

Actuaciones subvencionables

  1. Energías Renovables:
    • Instalaciones de energía solar fotovoltaica.
    • Instalaciones de energía minieólica (potencia nominal ≤ 100 kW).
    • Instalaciones de autoconsumo, con o sin excedentes, asociadas a centros de trabajo del sector agrícola.
    • Equipos y elementos necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación (inversores, sistemas eléctricos y de conexión).
  2. Ahorro y Eficiencia Energética:
    • Sustitución o mejora de equipos e instalaciones para aumentar la eficiencia energética.
    • Actuaciones que generen un ahorro energético mínimo justificado en la memoria técnica.
    • Mejora de instalaciones de iluminación, climatización y producción de calor o frío.
    • Implantación de sistemas de contabilización, monitorización y telegestión de consumos energéticos.
    • Incorporación de sistemas avanzados de análisis de datos para la optimización del consumo energético.
  3. Condiciones generales:
    • Las actuaciones no podrán iniciarse antes de la presentación de la solicitud.
    • Deberá cumplirse el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).

Subvención

  • Ayuda de hasta el 30 % del coste subvencionable de la nueva instalación.
    • Importe máximo por proyecto: 100.000 €
    • Importe máximo por empresa: 300.000 €
    • En el caso de instalaciones de autoconsumo colectivo, el importe máximo de la ayuda podrá alcanzar 500.000 € por proyecto.
  • La intensidad de la ayuda podrá incrementarse:
    • 20% para pequeñas empresas.
    • 10% para medianas empresas.

Costes subvencionables

  • Coste de los equipos e instalaciones, incluida su montaje y puesta en marcha.
  • Costes de redacción de la documentación técnica del proyecto y de la solicitud de ayuda.
  • En el caso de instalaciones de generación eléctrica, también serán subvencionables los sistemas de acumulación de energía asociados.
  • IVA, únicamente cuando no sea recuperable conforme a la normativa vigente.

Bases generales

Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.

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