CERTIFICACIONES DE CALIDAD Y SOSTENIBILIDAD (TU970A) -

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Plazo Abierto
Inicio: 13/09/2025
Fin: 13/10/2025

Objeto

La finalidad de esta subvención es facilitar la obtención o el mantenimiento de la Q de Calidad Turística y/o de la S de Sostenibilidad Turística, sellos oficiales otorgados por el ICTES que garantizan estándares reconocidos de calidad y sostenibilidad en el sector turístico.

Plazo de presentación

Desde el 13/09/2025 hasta el 13/10/2025 en régimen de concurrencia competitiva (por puntuación).

Ayuda sujeta a Mínimis.

Beneficiarios

  • Ayuntamientos de Galicia y sus entidades vinculadas que gestionen servicios públicos de competencia local. 
  • Personas físicas o jurídicas que sean titulares de establecimientos o servicios turísticos inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia (REAT).

Subvención

  • Subvención de hasta el 70 %, dependiendo de la puntuación recibida. Importe máximo subvencionable:
    • Hasta 2.000 € para la 1ª certificación y/o renovación de la marca Q de Calidad Turística. 
    • Hasta 1.500 € para procesos de 1º y/o 2º seguimiento de la marca Q. 
    • Hasta 2.000 € para la 1ª certificación y/o renovación de la marca S de Sostenibilidad Turística.

    En el caso de auditorías externas bajo modalidad multisite:

    • Hasta 4.000 € para la 1ª certificación y/o renovación de la marca Q. 
    • Hasta 3.000 € para el 1º y 2º seguimiento de la marca Q. 
    • Hasta 4.000 € para la 1ª certificación y/o renovación de la marca S.

Gastos subvencionables

  • Costes de auditoría externa de certificación, seguimiento y/o renovación, siempre que estén facturados por una entidad acreditada por el ICTES.
  • Costes derivados de los derechos de uso de la marca Q y/o S durante 2025, una vez obtenida la certificación, seguimiento o renovación.

Se permite la subcontratación del 100 % de la actividad objeto de la subvención.

No serán subvencionables:

  • Auditorías internas realizadas por la propia entidad solicitante.
  • Cuotas de adhesión al ICTES.
  • Gastos de personal propio de los establecimientos.
  • Intereses bancarios, recargos, sanciones o impuestos indirectos recuperables.

Bases generales

Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.

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