BONO RELEVO (TR353D) - GRUPO XOC

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Plazo Abierto
Inicio: 24/01/2025
Fin: 30/09/2025

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

Objeto

Este programa tiene como objetivo evitar el cierre de negocios en Galicia por falta de relevo generacional, permitiendo que emprendedores interesados tomen el control de empresas ya consolidadas.

La remuda debe ser impulsada por la jubilación o la proximidad de la jubilación del titular del negocio, o por causas excepcionales como incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o fallecimiento.

Plazo de presentación

Desde el 24/01/2025 hasta el 30/09/2025 en concurrencia no competitiva (por orden de presentación). 

Ayuda sujeta a Mínimis.

Conceptos

Se establecen dos líneas de ayudas:

  • Línea 1. Bono relevo rural: negocios situados en ayuntamientos de menos de 10.000 habitantes.
  • Línea 2. Bono relevo general: negocios situados en ayuntamientos de 10.000 o más habitantes.

Subvención

  • Línea 1: Bono relevo rural. Subvención del 75% del precio del contrato de relevo.

Esta cuantía se incrementará en un 10% si la persona que adquiere el negocio es emigrante retornada, es extranjera o está empadronada en la misma localidad del negocio.

  • Línea 2: Bono relevo general. Subvención del 70% del precio del contrato de relevo.

Ambas cuantías se incrementarán en un 5% en el caso de que la persona que adquiere el negocio sea una mujer, sea menor de 30 años o tenga 52 años y en caso de que el negocio traspasado tenga más de 5 trabajadores (condiciones acumulables entre sí).

El gasto deberá estar realizado y pagado entre el 31 de octubre y el 30 de septiembre de 2025, salvo en los casos de acceso al relevo mediante el alquiler del local y/o medios productivos.

  • Cuantía máxima subvencionable: 30.000€

Beneficiarios

  • Las personas trabajadoras autónomas, personas profesionales dadas de alta en RETA, mutualistas y sociedades con domicilio fiscal y centro de trabajo en Galicia, cuyo negocio tenga una antigüedad mínima de 5 años y esté inscrito en la Bolsa de relevo de la Red de Polos de Emprendimiento y Apoyo al Empleo.
  • La transmisión debe materializarse mediante acuerdo de transmisión o contrato de traspaso o venta, debe realizarse el cambio de titularidad de la licencia, debe mantenerse la misma actividad y local, y no pueden transcurrir más de 12 meses entre la publicación de la ayuda y la baja en el RETA y en el IAE de la persona titular del negocio.

Bases generales

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

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