BONO RELEVO (TR353D) - GRUPO XOC

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Plazo Abierto
Inicio: 07/06/2024
Fin: 30/10/2024

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

Objeto

Concesión de ayudas para fomentar el traspaso de negocios por relevo generacional.

Plazo de presentación

Desde el 7 de junio de 2024 hasta el 30 de octubre de 2024, en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de presentación).

Beneficiarios

Las personas trabajadoras autónomas, personas profesionales dadas de alta en RETA, mutualistas y sociedades con domicilio fiscal y centro de trabajo en Galicia, cuyo negocio tenga una antigüedad mínima de 5 años y esté inscrito en la Bolsa de relevo de la Red de polos de emprendimiento y apoyo al empleo.

La transmisión debe materializarse mediante acuerdo de transmisión o contrato de traspaso o venta, debe realizarse el cambio de titularidad de la licencia, debe mantenerse la misma actividad y local, y no pueden transcurrir más de 12 meses entre la publicación de la ayuda y la baja en el RETA y en el IAE de la persona titular del negocio.

Conceptos

Se establecen dos líneas de ayudas:

Línea 1. Bono relevo rural: negocios situados en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes.

Línea 2. Bono relevo general: negocios situados en ayuntamientos de 5.000 o más habitantes.

Subvención

Línea 1: Bono relevo rural. Subvención del 75% del precio del contrato de relevo.

Esta cuantía se incrementará en un 10% si la persona que adquiere el negocio es emigrante retornada, es extranjera o está empadronada en la misma localidad del negocio.

Línea 2: Bono relevo general. Subvención del 70% del precio del contrato de relevo.

Ambas cuantías se incrementarán en un 5% en el caso de que la persona que adquiere el negocio sea una mujer, sea menor de 30 años o tenga 52 años y en caso de que el negocio traspasado tenga más de 5 trabajadores (condiciones acumulables entre sí).

El gasto deberá estar realizado y pagado entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2024, salvo en los casos de acceso al relevo mediante el alquiler del local y/o medios productivos.

Cuantía máxima subvencionable: 30.000€

Bases generales

Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

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