Objeto
Plazo de presentación
Subvención
- Línea 1: Bono relevo rural. Subvención del 75% del precio del contrato de relevo.
- Esta cuantía se incrementará en un 10% si la persona que adquiere el negocio tiene menos de 30 años, es emigrante retornada o extranjera y está empadronada en la misma localidad del negocio.
- Línea 2: Bono relevo general. Subvención del 70% del precio del contrato de relevo.
- Ambas cuantías se incrementarán en un 5% en el caso de que la persona que adquiere el negocio sea una mujer, sea menor de 30 años o tenga 52 años y en caso de que el negocio traspasado tenga más de 5 trabajadores (condiciones acumulables entre sí).
- El gasto deberá estar realizado y pagado entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, salvo en los casos de acceso al relevo mediante el alquiler del local y/o medios productivos.
- Cuantía máxima subvencionable: 30.000€
Bases generales
Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.



