AYUDAS RSE, IGUALDAD Y CONCILIACIÓN (TR357B-C-D) - GRUPO XOC

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Plazo Abierto
Inicio: 19/02/2026
Fin: 18/03/2026

Objeto

Programa de ayudas para pymes y personas autónomas de Galicia destinado a impulsar mejoras en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.

  1. Línea I – Planes de igualdad (TR357C): elaboración e implantación de planes de igualdad conforme a la normativa vigente.
  2. Línea II – Conciliación (TR357D):
    • Sublínea 1: Incentivos para la implantación del teletrabajo.
    • Sublínea 2: Incentivos para acuerdos de flexibilidad horaria.
    • Sublínea 3: Subvenciones para la adquisición de medios tecnológicos que faciliten el teletrabajo.
  3. Línea III – Certificaciones de RSE (TR357B): obtención de certificaciones o informes de verificación en responsabilidad social empresarial (RSE).

Serán subvencionables las acciones realizadas entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026.

Plazo de presentación

Plazo abierto hasta el 18/03/2026 en concurrencia competitiva (por puntuación).

Ayuda sujeta a Mínimis. 

Beneficiarios

  • Pymes y personas trabajadoras autónomas con personal por cuenta ajena, con domicilio social y centro de trabajo en Galicia.
  • Entidades sin ánimo de lucro (excepto para la sublínea 3 de la línea II).

Requisitos específicos por línea

  • Línea I: empresas de entre 10 y 49 personas trabajadoras.
  • Línea II:
    • Sublínea 1 y 3: empresas con mínimo 1 persona trabajadora.
    • Sublínea 2: empresas con un mínimo de 5 personas trabajadoras.
  • Línea III: mínimo 5 personas trabajadoras.

Para todas las líneas será necesario que las entidades solicitantes tengan una tasa de estabilidad de al menos un 50% en la fecha de presentación de la solicitud y en la fecha de justificación.

No podrán ser beneficiarias

  • Entidades públicas.

  • Empresas que ya hayan recibido estas ayudas en convocatorias anteriores para la misma línea o sublínea.

  • En la línea 1 no pueden ser beneficiarias empresas de consultoría o asesoría que presten servicios en elaboración o implantación de planes de igualdad.

Conceptos subvencionables

Línea I (Planes de igualdad TR357C):

  • Elaboración de la diagnosis previa de la empresa desde la perspectiva de género, conforme a la normativa vigente.
  • Elaboración del plan de igualdad que incluya las medidas correctoras derivadas de la diagnosis.
  • Implantación de las medidas previstas en el plan de igualdad durante su primer año de vigencia.
  • Contratación, a jornada completa y por un mínimo de un año, de una persona técnica especializada en igualdad para asesorar y coordinar la elaboración e implantación del plan.

Línea II (Conciliación TR357D):

  • Sublínea 1 – Teletrabajo

    • Se debe formalizar un acuerdo de teletrabajo por un período mínimo de 2 años.
    • El acuerdo podrá realizarse:
      • Con una persona ya contratada a jornada completa y con una antigüedad mínima de 1 año.
      • Mediante la contratación de nuevo personal a jornada completa en modalidad de teletrabajo.
    • El teletrabajo deberá suponer, como mínimo, el 30 % de la jornada semanal ordinaria.
  • Sublínea 2 – Flexibilidad horaria

    • Establecer medidas de flexibilidad horaria mediante:
      • Convenio colectivo de empresa, o
      • Acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras, o, en su defecto, con la totalidad de la plantilla.
    • Las medidas deberán tener una duración mínima de 2 años.
    • El acuerdo deberá detallar las medidas concretas que se implantarán, reflejando la mejora respecto a la situación anterior y el compromiso de mantenerlas durante toda la vigencia del acuerdo.
  • Sublínea 3 – Adquisición de medios tecnológicos
    • Adquisición de equipos informáticos necesarios para la implantación del teletrabajo (ordenadores, portátiles o dispositivos equivalentes).
    • Compra de periféricos y accesorios imprescindibles para el desarrollo del trabajo a distancia.
    • No será subvencionable el software.

Subvención

Línea I (Planes de igualdad TR357C):

  • Diagnosis previa: hasta el 80% de los costes, con un máximo de 3.000 € en empresas de hasta 20 trabajadores y de 5.000 € para el resto.
  • Elaboración del plan de igualdad: hasta el 80% de los costes, con un máximo de 1.500 € en empresas de hasta 20 trabajadores y de 3.000 € para el resto.
  • Implantación de las medidas prioritarias del primer año: hasta el 80% de los costes, con un máximo de 1.000 € en empresas de hasta 20 trabajadores y de 2.000 € para el resto.
  • Contratación de persona experta en igualdad: 12.000 € por la contratación mínima de un año a jornada completa. Compatible con con el resto de conceptos de esta línea. 

Línea II (Conciliación TR357D):

  • Sublínea 1 – Teletrabajo: 2.000 € por cada acuerdo, con un máximo de 8.000 € por empresa. El límite se incrementará en 1.000 € si la plantilla cuenta con, al menos, un 50 % de mujeres.
  • Sublínea 2 – Flexibilidad horaria: 8.000 € por empresa. El límite se incrementará en 1.000 € si la plantilla cuenta con, al menos, un 50 % de mujeres.
  • Sublínea 3 – Adquisición de medios tecnológicos: 80% de la inversión, con un máximo de 1.500 € por persona trabajadora subvencionada y 20.000 € por empresa.

Línea III (Certificaciones de RSE TR357B):

  • 80% de los costes, con un máximo de 2.000 € por empresa.
  • El porcentaje de la consultoría no podrá superar el 30% de la subvención.

Bases generales

Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.

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