AYUDAS PROYECTOS DE INVERSIÓN EMPRESARIAL (IG408A) - GRUPO XOC

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Plazo no iniciado
Inicio: 20/01/2025
Fin: 30/09/2025

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

Objeto

Ayudas a proyectos de inversión empresarial de las siguientes modalidades:

  • Modalidad 1. Proyectos de inversión empresarial generales.
  • Modalidad 2. Proyectos de inversión en equipamiento productivo.

Los proyectos de inversión deberán responder a algunas de las siguientes tipologías:

  • Tipología 1: Creación de un nuevo establecimiento.
  • Tipología 2: Ampliación de la capacidad de establecimientos existentes. 

Plazo de presentación

Desde las 09:00h del 20/01/2025 hasta las 14:00h del 30/09/2025 en concurrencia no competitiva (por orden de presentación). 

Subvención

La intensidad de la ayuda será del 35% para las pequeñas empresas y del 25% para las medianas empresas.

Para los sectores industriales del carbón, acero, hierro y aleaciones, así como para el sector del transporte e infraestructuras relacionadas, la ayuda será del 20% para las pequeñas empresas y del 10% para las medianas empresas.

  • Inversión mínima: 50.000 € para la modalidad 1 y 25.000 € para la modalidad 2.
  • Inversión máxima: 800.000 € en ambas modalidades.

La persona beneficiaria deberá aportar al menos el 25% de los costes subvencionables ya sea con recursos propios o con financiación externa (exenta de cualquier tipo de apoyo público).

Beneficiarios

Pequeñas y medianas empresas (PYMES) que realicen inversiones en algún centro de trabajo ubicado en Galicia.

No pueden ser beneficiarios:

  • Empresas que no pertenezcan a las actividades agrícolas, pesca y acuicultura e infraestructuras energéticas.
  • Empresas prestadoras de los mismos o similares servicios para los que solicitan la ayuda.

Proyectos y actividades subvencionables

Serán subvencionables las inversiones destinadas al desarrollo de cualquier actividad económica, excepto:

  • La producción y comercialización agrícola primaria.
  • La extracción, producción, transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.
  • La producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas.

No se podrán financiar los siguientes tipos de inversión:

  • Producción, transformación, transporte, distribución, almacenamiento o la combustión de combustibles fósiles.
  • La fabricación, la transformación y la comercialización de tabaco y productos del tabaco.
  • La construcción de centros destinados a la prestación de servicios formativos.
  • Infraestructuras residenciales dirigidas a colectivos en riesgo de institucionalización.
  • Cierre o construcción de plantas nucleares.
  • Inversiones orientadas a la disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero.
  • Infraestructuras aeroportuarias.
  • Inversiones en eliminación de desechos en vertederos.
  • Ampliación de instalaciones para el tratamiento de desechos, a excepción de inversiones en tecnologías para recuperar materiales de desechos residuales con fines de economía circular.

Esta ayuda es incompatible con otras subvenciones para el mismo proyecto.

Inversión subvencionable

  • Activos fijos (materiales o inmateriales) relacionados con el proyecto.
  • Los activos adquiridos deberán ser nuevos, excepto para la adquisición de construcciones o inmuebles.
  • Los bienes de inversión deben ser adquiridos en propiedad por la persona beneficiaria, salvo en el caso de la obra civil en terrenos o inmuebles con derecho de superficie, concesión administrativa o arrendamiento. 
  • Los bienes objeto de inversión deberán ser adquiridos a terceros.

Quedan excluidos:

  • Las inversiones destinadas a reemplazar elementos existentes. Solo serán subvencionables si la nueva adquisición implica mejoras, ya sea por una tecnología diferente o un aumento claro en el rendimiento.
  • Los costes de traslado de bienes de equipo que ya sean propiedad de la empresa.
  • Los costes de adaptaciones a la normativa vigente.
  • Los costes de demolición de edificios o estructuras ya existentes aislados, que no estén incluidos dentro de un proyecto de reforma o rehabilitación…

Bases generales

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

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