Objeto
- La inversión máxima subvencionable es de 100.000€, con una subvención del 40% al 60% según la puntuación obtenida en la valoración. No se pueden presentar proyectos superiores a esa cantidad.
- La ayuda máxima es de 60.000€.
- En el caso de que un mismo titular disponga de varios establecimientos inscritos en el REAT, deberá presentar una solicitud por cada establecimiento.
Para poder optar a la ayuda es necesario conseguir un mínimo 40 puntos según los criterios de valoración.
Actuaciones subvencionables
- Los proyectos subvencionables son:
- Mejoras en accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas.
- Reformas para obtener certificaciones de calidad, como la Q de Calidad Turística.
- Adaptaciones a normativas y mejoras para subir de categoría.
- Renovación y modernización del establecimiento.
- Equipamientos necesarios para su funcionamiento.
- Mejora de climatización, eficiencia energética y sistemas de ventilación.
- Digitalización de la gestión y comercialización.
- Actualización de sistemas de seguridad y salud.
Gastos subvencionables
Todas las inversiones netas necesarias para la realización de los proyectos subvencionados.
A mayores se podrán subvencionar la honorarios técnicos y dirección de obra. En el caso de los honorarios técnicos estos no podrán superar el 6% de la inversión.
No se subvencionan:
- Compra de terrenos, edificios, locales o elementos de transporte.
- Gastos diarios del negocio, materiales no inventariables y menaje (vajilla, cubertería, decoración…).
- Mantenimiento habitual (pintura, carpintería, limpieza de canalones…).
- Seguros, tasas, licencias o gastos de conectividad.
- Activos adquiridos por leasing/renting o fabricados por la propia empresa.
Los gastos deben estar realizados entre el 1 de enero y el 3 de noviembre de 2026.
Bases generales
Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.



