Objeto
Plazo de presentación
Serán subvencionables los proyectos de ahorro y eficiencia energética desarrollados en Galicia que se encuadren en alguna de las siguientes líneas de actuación y acrediten los ahorros energéticos mínimos exigidos:
- PAPEME – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes
Proyectos que justifiquen ahorros energéticos iguales o superiores a 0,18 kWh/€ de inversión elegible, medidos en energía final o primaria. - PAGE – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en grandes empresas
Proyectos que acrediten ahorros energéticos iguales o superiores a 0,25 kWh/€ de inversión elegible, en términos de energía final o primaria. - PAE – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes o grandes empresas con reducción de emisiones de GEI
Proyectos que alcancen ahorros energéticos iguales o superiores a 0,10 kWh/€ de inversión elegible y que supongan una reducción mínima del 30 % de las emisiones de GEI. - PAP – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas
Proyectos que justifiquen ahorros energéticos iguales o superiores a 0,18 kWh/€ de inversión elegible, en energía final o primaria.
Requisitos técnicos:
- Acreditar el ahorro energético mínimo exigido para cada línea de actuación, debidamente justificado en la memoria técnica.
- Ser técnica, jurídica, económica y financieramente viables.
- En actuaciones de mejora de iluminación, cumplir la norma UNE-EN 12464 sobre iluminación en lugares de trabajo.
- En proyectos con obra civil, garantizar una gestión adecuada de los residuos, priorizando la reutilización, reciclaje o valorización.
- Cumplir la normativa aplicable en materia de sustancias peligrosas, evitando el uso de materiales no autorizados.
- Respetar la normativa ambiental y patrimonial cuando las actuaciones puedan afectar a espacios protegidos o bienes culturales.
- Cumplir el principio DNSH, asegurando que el proyecto no cause un perjuicio significativo al medio ambiente.
- En rehabilitaciones integrales de edificios, garantizar la protección frente al cambio climático durante la vida útil de la infraestructura.
Condiciones de los proyectos:
- Los trabajos no podrán iniciarse antes de la presentación de la solicitud de ayuda.
- El proyecto se considerará iniciado si existe un compromiso firme previo (contrato, pedido u oferta aceptada).
- El importe mínimo de inversión subvencionable será:
- 15.000 € por actuación (IVA no incluido).
- 200.000 € en el caso de empresas de transformación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura.
- Cada solicitud deberá corresponder a un único proyecto técnico, que podrá incluir una o varias actuaciones homogéneas realizadas en una misma localización.
- Las actuaciones deberán cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).
- Los proyectos deberán respetar los objetivos ambientales europeos, especialmente en materia de:
- Mitigación y adaptación al cambio climático.
- Uso eficiente de los recursos.
- Economía circular.
- Prevención de la contaminación.
- Protección de la biodiversidad.
Subvención
- Hasta el 35 % del coste subvencionable en actuaciones de transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura. (régimen de minimis).
- Hasta el 20 % del coste subvencionable en actuaciones de eficiencia energética en edificios. (Reglamento general de exención por categorías).
- Hasta el 35 % del coste subvencionable en actuaciones de eficiencia energética distintas de edificios. (Reglamento general de exención por categorías).
- La intensidad de la ayuda podrá incrementarse en:
- 20% cuando la beneficiaria sea pequeña empresa.
- 10% cuando la beneficiaria sea mediana empresa.
- La ayuda máxima será:
- 300.000 € por expediente en actuaciones acogidas al régimen de minimis.
- 1.000.000 € por expediente en actuaciones acogidas al Reglamento general de exención por categorías.
- 2.000.000 € por entidad beneficiaria en el conjunto de la convocatoria.
- En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
Costes subvencionables
- Inversiones directamente vinculadas a proyectos de ahorro y eficiencia energética.
- En proyectos de mejora de eficiencia energética en edificios:
- Actuaciones que supongan una mejora mínima del 20 % en consumo de energía primaria respecto a la situación inicial.
- Instalación de energías renovables (como paneles fotovoltaicos o bombas de calor).
- Sistemas de almacenamiento de energía renovable.
- Conexión a redes urbanas de calefacción o refrigeración eficientes.
- Infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos asociadas al edificio.
- Digitalización del edificio vinculada a la mejora de la eficiencia energética.
- Cubiertas verdes y sistemas de gestión y reutilización de aguas pluviales.
- En proyectos distintos de edificios:
- Costes adicionales necesarios para alcanzar un mayor nivel de eficiencia energética respecto a una solución convencional.
Inversiones subvencionables
- Elaboración de proyectos técnicos y documentación asociada.
- Dirección facultativa y obra civil vinculada a las actuaciones subvencionadas.
- Adquisición de equipos, su montaje y puesta en marcha.
- Implantación de sistemas de monitorización, contabilización y tele gestión.
- Auditorías energéticas cuando estén directamente relacionadas con la actuación.
Bases generales
Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.



