AYUDAS AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA 2026 (IN417Y - GRUPO XOC

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Plazo no iniciado
Inicio: 30/01/2026
Fin: 15/09/2026

Objeto

Ayuda destinada a apoyar proyectos de ahorro energético y fomento del uso de energías renovables, mediante la instalación de sistemas de generación de electricidad con energía solar fotovoltaica en régimen de autoconsumo.

Plazo de presentación

Plazo abierto desde las 09:00a.m. del 30/01/2026 hasta las 20:00 p.m. del 15/09/2026 en concurrencia no competitiva (por orden de presentación).

Ayuda sujeta a Mínimis. 

Beneficiarios

  • Empresas legalmente constituidas y personas autónomas que tengan domicilio social o centro de trabajo en Galicia y desarrollen una actividad económica.

  • Empresas de servicios energéticos (ESE) que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía ubicadas en Galicia, siempre que su actuación tenga como objetivo la obtención de ahorros energéticos verificables.

Proyectos subvencionables

Serán subvencionables los proyectos de ahorro y eficiencia energética desarrollados en Galicia que se encuadren en alguna de las siguientes líneas de actuación y acrediten los ahorros energéticos mínimos exigidos:

  • PAPEME – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes
    Proyectos que justifiquen ahorros energéticos iguales o superiores a 0,18 kWh/€ de inversión elegible, medidos en energía final o primaria.
  • PAGE – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en grandes empresas
    Proyectos que acrediten ahorros energéticos iguales o superiores a 0,25 kWh/€ de inversión elegible, en términos de energía final o primaria.
  • PAE – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en pymes o grandes empresas con reducción de emisiones de GEI
    Proyectos que alcancen ahorros energéticos iguales o superiores a 0,10 kWh/€ de inversión elegible y que supongan una reducción mínima del 30 % de las emisiones de GEI.
  • PAP – Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras públicas
    Proyectos que justifiquen ahorros energéticos iguales o superiores a 0,18 kWh/€ de inversión elegible, en energía final o primaria.

Requisitos técnicos:

  • Acreditar el ahorro energético mínimo exigido para cada línea de actuación, debidamente justificado en la memoria técnica.
  • Ser técnica, jurídica, económica y financieramente viables.
  • En actuaciones de mejora de iluminación, cumplir la norma UNE-EN 12464 sobre iluminación en lugares de trabajo.
  • En proyectos con obra civil, garantizar una gestión adecuada de los residuos, priorizando la reutilización, reciclaje o valorización.
  • Cumplir la normativa aplicable en materia de sustancias peligrosas, evitando el uso de materiales no autorizados.
  • Respetar la normativa ambiental y patrimonial cuando las actuaciones puedan afectar a espacios protegidos o bienes culturales.
  • Cumplir el principio DNSH, asegurando que el proyecto no cause un perjuicio significativo al medio ambiente.
  • En rehabilitaciones integrales de edificios, garantizar la protección frente al cambio climático durante la vida útil de la infraestructura.

Condiciones de los proyectos:

  • Los trabajos no podrán iniciarse antes de la presentación de la solicitud de ayuda.
  • El proyecto se considerará iniciado si existe un compromiso firme previo (contrato, pedido u oferta aceptada).
  • El importe mínimo de inversión subvencionable será:
    • 15.000 € por actuación (IVA no incluido).
    • 200.000 € en el caso de empresas de transformación y comercialización de productos de la pesca y acuicultura.
  • Cada solicitud deberá corresponder a un único proyecto técnico, que podrá incluir una o varias actuaciones homogéneas realizadas en una misma localización.
  • Las actuaciones deberán cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).
  • Los proyectos deberán respetar los objetivos ambientales europeos, especialmente en materia de:
    • Mitigación y adaptación al cambio climático.
    • Uso eficiente de los recursos.
    • Economía circular.
    • Prevención de la contaminación.
    • Protección de la biodiversidad.

Subvención

  • Hasta el 35 % del coste subvencionable en actuaciones de transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura. (régimen de minimis).
  • Hasta el 20 % del coste subvencionable en actuaciones de eficiencia energética en edificios. (Reglamento general de exención por categorías).
  • Hasta el 35 % del coste subvencionable en actuaciones de eficiencia energética distintas de edificios. (Reglamento general de exención por categorías).
  • La intensidad de la ayuda podrá incrementarse en:
    • 20% cuando la beneficiaria sea pequeña empresa.
    • 10% cuando la beneficiaria sea mediana empresa.
  • La ayuda máxima será:
    • 300.000 € por expediente en actuaciones acogidas al régimen de minimis.
    • 1.000.000 € por expediente en actuaciones acogidas al Reglamento general de exención por categorías.
    • 2.000.000 € por entidad beneficiaria en el conjunto de la convocatoria.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Costes subvencionables

  • Inversiones directamente vinculadas a proyectos de ahorro y eficiencia energética.
  • En proyectos de mejora de eficiencia energética en edificios:
    • Actuaciones que supongan una mejora mínima del 20 % en consumo de energía primaria respecto a la situación inicial.
    • Instalación de energías renovables (como paneles fotovoltaicos o bombas de calor).
    • Sistemas de almacenamiento de energía renovable.
    • Conexión a redes urbanas de calefacción o refrigeración eficientes.
    • Infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos asociadas al edificio.
    • Digitalización del edificio vinculada a la mejora de la eficiencia energética.
    • Cubiertas verdes y sistemas de gestión y reutilización de aguas pluviales.
  • En proyectos distintos de edificios:
    • Costes adicionales necesarios para alcanzar un mayor nivel de eficiencia energética respecto a una solución convencional.

Inversiones subvencionables

  • Elaboración de proyectos técnicos y documentación asociada.
  • Dirección facultativa y obra civil vinculada a las actuaciones subvencionadas.
  • Adquisición de equipos, su montaje y puesta en marcha.
  • Implantación de sistemas de monitorización, contabilización y tele gestión.
  • Auditorías energéticas cuando estén directamente relacionadas con la actuación.

Bases generales

Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.

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