Objeto
Establecer el marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio de colaboración entre el Igape, las sociedades de garantía recíproca (SGR) y las entidades de crédito adheridas. Proceder a la convocatoria de la Línea de préstamos para el crecimiento de las pymes-Reavales Crecimiento y de la Línea de garantías vinculadas a operaciones de tráfico o avales técnicos-Reavales Garantías.
Personas autónomas y Pymes, incluyendo Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles, Agrupaciones y Cooperativas, que realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo localizado en Galicia, que cumplan los requisitos establecidos para la cada línea de financiación.
Conceptos subvencionables
- Préstamos avalados para el crecimiento de las pymes (Reaval Crecimiento)
El Igape bonificará el tipo de interés que aplique la entidad de crédito adherida y la comisión del aval de la SGR. Se podrá reavalar hasta un máximo del 25 % del riesgo asumido por las SGR como primeras avalistas en los préstamos concedidos.
La titular deberá formalizar o haber formalizado un préstamo a largo plazo a avalar:
- Un mínimo del 40% de su principal será aplicado a financiar inversiones productivas y/o capital corriente:
- Bienes tangibles de producción o suministro de bienes o servicios, o fines administrativos: terrenos y bienes naturales, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones, mobiliario, equipos para proceso de información y elementos de transporte, entre otros. Se excluyen las inversiones inmobiliarias y financieras.
- Bienes intangibles como investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial o intelectual, derechos de traspaso, y aplicaciones informáticas: compras de materias primas, mercancías, gastos de personal (sueldos y salarios, indemnizaciones, seguridad social y otros gastos sociales), impuestos, arrendamientos y cánones, reparaciones y conservación, servicios de profesionales independientes, transportes, primas de seguros, publicidad, propaganda y relaciones públicas, suministros, entre otros. Se excluye la construcción de edificaciones por parte de empresas dedicadas a la promoción inmobiliaria.
- Un máximo del 60% podrá ser aplicado a la cancelación de deudas con entidades financieras no avaladas por la SGR que conceda la operación: pago de cuotas de préstamos y leasing, pago de saldos dispuestos de pólizas de crédito.
- Cancelación o reestructuración de deudas bancarias avaladas por la SGR que conceda la operación, pudiendo aplicarse el 100 % del nuevo préstamo a esta finalidad.
El importe del préstamo a avalar será igual o superior a 3.000€ e igual o inferior a 1.000.000€.
El plazo mínimo del préstamo a avalar será de 3 años y no superior a 15 años, incluida una carencia de un máximo de 2 años. En cualquiera caso, la vigencia del reaval no superará los 7 años.
- Garantías ante terceros vinculadas a operaciones de tráfico o avales técnicos (Reaval Garantías)
El Igape bonificará las comisiones del aval de la SGR y de la entidad de crédito. Podrá reavalar hasta el 25 % del riesgo asumido por las SGR como avalistas.
El importe de la línea de financiación a avalar será igual o superior a 3.000 € e igual o inferior a 1.000.000€.
El plazo mínimo y vigencia de la línea de garantías será de 3 años y no superior a 5 años, sin posibilidad de prórroga.
Bases generales