APOYO AL ACCESO DE CRÉDITO DE PYMES (IG535A) - GRUPO XOC

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Plazo no iniciado
Inicio: 21/01/2025
Fin: 30/09/2025

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

Objeto

Establecer el marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio de colaboración entre el Igape, las sociedades de garantía recíproca (SGR) y las entidades de crédito adheridas. Proceder a la convocatoria de la Línea de préstamos para el crecimiento de las pymes-Reavales Crecimiento y de la Línea de garantías vinculadas a operaciones de tráfico o avales técnicos-Reavales Garantías.

Plazo de presentación

Desde las 9:00h del 21/01/2025 hasta las 14:00h del 30/09/2025, en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de presentación).

Ayuda sujeta a Mínimis.

Subvención

Ayuda en forma de garantía: reaval del Igape durante la vigencia de la operación avalada y, en todo caso, con el máximo de 7 años, en garantía de un máximo del 25% del riesgo asumido por la SGR.

Ayuda en forma de subsidiación de gastos financieros: bonificación del tipo de interés nominal y/o de las comisiones de aval de las operaciones de préstamo.

Beneficiarios

Personas autónomas y Pymes, incluyendo Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles, Agrupaciones y Cooperativas, que realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo localizado en Galicia, que cumplan los requisitos establecidos para la cada línea de financiación.

Conceptos subvencionables

  1. Préstamos avalados para el crecimiento de las pymes (Reaval Crecimiento)

El Igape bonificará el tipo de interés que aplique la entidad de crédito adherida y la comisión del aval de la SGR. Se podrá reavalar hasta un máximo del 25 % del riesgo asumido por las SGR como primeras avalistas en los préstamos concedidos.

La titular deberá formalizar o haber formalizado un préstamo a largo plazo a avalar:

  • Un mínimo del 40% de su principal será aplicado a financiar inversiones productivas y/o capital corriente:
    • Bienes tangibles de producción o suministro de bienes o servicios, o fines administrativos: terrenos y bienes naturales, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones, mobiliario, equipos para proceso de información y elementos de transporte, entre otros. Se excluyen las inversiones inmobiliarias y financieras.
    • Bienes intangibles como investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial o intelectual, derechos de traspaso, y aplicaciones informáticas: compras de materias primas, mercancías, gastos de personal (sueldos y salarios, indemnizaciones, seguridad social y otros gastos sociales), impuestos, arrendamientos y cánones, reparaciones y conservación, servicios de profesionales independientes, transportes, primas de seguros, publicidad, propaganda y relaciones públicas, suministros, entre otros. Se excluye la construcción de edificaciones por parte de empresas dedicadas a la promoción inmobiliaria.
  • Un máximo del 60% podrá ser aplicado a la cancelación de deudas con entidades financieras no avaladas por la SGR que conceda la operación: pago de cuotas de préstamos y leasing, pago de saldos dispuestos de pólizas de crédito.
  • Cancelación o reestructuración de deudas bancarias avaladas por la SGR que conceda la operación, pudiendo aplicarse el 100 % del nuevo préstamo a esta finalidad.

El importe del préstamo a avalar será igual o superior a 3.000€ e igual o inferior a 1.000.000€.

El plazo mínimo del préstamo a avalar será de 3 años y no superior a 15 años, incluida una carencia de un máximo de 2 años. En cualquiera caso, la vigencia del reaval no superará los 7 años.

  1. Garantías ante terceros vinculadas a operaciones de tráfico o avales técnicos (Reaval Garantías)

El Igape bonificará las comisiones del aval de la SGR y de la entidad de crédito. Podrá reavalar hasta el 25 % del riesgo asumido por las SGR como avalistas.

El importe de la línea de financiación a avalar será igual o superior a 3.000 € e igual o inferior a 1.000.000€.

El plazo mínimo y vigencia de la línea de garantías será de 3 años y no superior a 5 años, sin posibilidad de prórroga.

Bases generales

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

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