MEJORA ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS (VI435B) - GRUPO XOC

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Plazo Cerrado
Fin: 22/04/2024

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

Objeto

Concesión de ayudas para la mejora de la accesibilidad en las viviendas.

Plazo de presentación

Hasta el 22 de abril de 2024, en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de presentación).

Beneficiarios

Las personas propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva y de viviendas incluidas en un edificio de este mismo tipo; las comunidades de personas propietarias o sus agrupaciones; las sociedades cooperativas de viviendas; las personas propietarias de edificios de forma agrupada;  las empresas constructoras, arrendatarias o concesiones de edificios y cooperativas; las personas arrendatarias de viviendas, con nacionalidad española o alguno de los Estados miembros de la UE o del EEE, que se encuentren al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.

La construcción de estos edificios o viviendas debe ser anterior a 2006 y constituir el domicilio habitual de los beneficiarios.

Conceptos

  • Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, automatismos para la apertura de puertas, así como cualquier medida de accesibilidad que facilite la autonomía y la vida independiente de personas con movilidad reducida.
  • La instalación o dotación de productos de apoyo:  grúas,  sistemas tecnológicos de guiado que permitan la localización, el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio.
  • La instalación de elementos de información, de comunicación o de aviso: señales luminosas y visuales, vibrotáctiles o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras, ascensores y del interior de las viviendas.
  • La instalación de productos de apoyo a la audición para la accesibilidad en el entorno: bucles magnéticos.
  • La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior: videoporteros.
  • La instalación de dispositivos de alarma en el ascensor.
  • La instalación domótica y de otros avances tecnológicos.
  • Otras intervenciones que faciliten la accesibilidad universal: ampliación de espacios de circulación de la vivienda, mejora de las condiciones de accesibilidad en baños y cocinas, adaptaciones adecuadas a las necesidades específicas, mejora de la nivelación de la cabina de ascensores, entre otros.

Subvención

El importe de la ayuda será del 60% de la inversión realizada, que puede incrementarse hasta el 80% si en la vivienda o edificio reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años, con un máximo de:

a) Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila: hasta 12.500€ por vivienda.

b) Edificios de viviendas residenciales colectivas: hasta 9.000€ por vivienda y 90€ por m2 de superficie construida de local comercial.

c) Viviendas ubicadas en edificios de tipo residencial colectivo: hasta 6.000€ por vivienda.

Estas cuantías podrán incrementarse hasta 18.000€ por vivienda, en caso de que resida una persona con discapacidad, según el grado. También podrá aumentarse 3.000€ por vivienda en caso de estar declarada bien de interés cultural.

Bases generales

Puedes consultar las bases generales de la subvención aquí.

Beneficiarios:

Segmento:

Concepto:

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